miércoles, 28 de junio de 2017

APARCAMIENTO EN LA MURALLA NAZARÍ EN EL PAÑO DE LA ALBERZANA




NOTA DE PRENSA

A  LOS  MEDIOS DE COMUNICACIÓN
                         
                                                                                          28 de junio de 2017

SEIS AÑOS DESPUÉS DE LA IMPLANTACIÓN DEL  APARCAMIENTO EN LA MURALLA DE LA ALBERZANA POR EL AYUNTAMIENTO DE GRANADA 

El Ayuntamiento no sólo implantó el aparcamiento en 2011 sin autorización, sino que removió el terreno para echar una capa de cemento


Y  CULTURA SIGUE SIN ADOPTAR SU SUSPENSIÓN INMEDIATA COMO MEDIDA CAUTELAR 



Han pasado seis años desde la implantación del aparcamiento por parte del Ayuntamiento de Granada, en el entorno protegido del paño de la Muralla Nazarí, que va desde el Ave María hasta el Carmen de la Alberzana y, la agresión al bien y su entorno ha continuado durante este tiempo y hasta ahora solo tenemos declaraiones en los medios.



No se entiende que la Delegación Territorial de la Consejería de Cultura, a pesar de tener conocimiento de la existencia del  aparcamiento a través de los escritos de asociaciones y medios de comunicación, “la misma presidenta de ICOMOS-UNESCO visitó el aparcamiento a principio de este año”, no envíe la inspección a este lugar hasta abril de 2016, cinco años después, para comprobar que era ilegal y el estado caótico del entorno con los coches pegados a la misma muralla, alambradas de las excavaciones debajo de los coches y todo tipo de basuras esparcidas por el suelo .

La presidenta de ICOMOS-UNESCO en España visitando el aparcamiento en enero de 2017

Y tampoco se entiende que haya pasado más de un año desde que comunicó al Ayuntamiento que tenía "la obligación de ELIMINAR INMEDIATAMENTE el aparcamiento", así como la de limpiar todo el entorno, retirando el pavimento de cemento habilitado y sustituirlo por un pavimento blando y,  ese mismo tiempo desde la aprobación del proyecto de clausura y rehabilitación presentado por el Ayuntamiento al requerimiento de Cultura, y el aparcamiento haya seguido funcionando, sin que por parte de Cultura se hayan adoptado  medidas cautelares y en su caso la apertura de un expediente sancionador.

Oppidum Eleberis en un escrito presentado ante la Delegación Territorial de la Consejería de Cultura, ha solicitado que requiera al Ayuntamiento la clausura inmediata del aparcamiento, “colocando una cadena y una placa de prohibido aparcar” y en su caso la apertura de un expediente sancionador, algo que a nuestro juicio tenía que haber hecho la Junta de Andalucía desde el principio, hasta que se realice el proyecto presentado por el Ayuntamiento, que la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico informó favorablemente en mayo de 2016, para evitar que se siga causando daños al Bien protegido, su entorno y las excavaciones arqueológicas existentes en la zona, como se haría con cualquier particular que hiciera algo parecido o similar. En este caso agravado por venir de una de las administraciones competentes en materia de Patrimonio Histórico, que tiene el mandato legal de proteger y realzar el legado histórico que exista en su término municipal.
Para Oppidum Eléberis, el Legado Histórico no puede ser la contrapartida para atender otras necesidades y recuerda que en la revisión del PEPRI Albayzín y Sacromonte de 2009, se proponía por parte del Ayuntamiento un aparcamiento subterráneo en este mismo lugar y otro en el Ave María, en la Curva del Tambor, ambos en el entorno amurallado, algo que fue taxativamente rechazado por la Junta de Andalucía.

En este mismo escrito la Asociación solicita a Cultura, a la que puede sumarse el Ayuntamiento de Granada, que se dirija al Ministerio de Cultura, como titular propietario de las Murallas, para que presente un proyecto de Rehabilitación y Puesta en Valor, no solo del paño de la Alberzana, sino de toda la Muralla Nazarí del siglo XIV y los paños existentes en Alpargateros Alto, San Antonio, San Miguel Alto y el del Palacio de los Córdova en el río Darro, en un estado de deterioro y abandono lamentable.

En este escrito la asociación vuelve a solicitar a ambas administraciones competentes que se ponga de acuerdo con el Ministerio de Cultura para la redacción un PLAN DIRECTOR DE LAS MURALLAS HISTÓRICAS DE GRANADA, para rehabilitar y poner en valor las murallas, tanto las existentes como las que están apareciendo en las excavaciones arqueológicas, con un criterio rehabilitador unificado y un plan de inversiones plurianual.

Las Murallas del Albayzín y su entorno de protección, constituido por aquellas parcelas y espacios que los circunden hasta las distancias de cincuenta metros en suelo urbano, es un bien protegido como Bien de Interés Cultural con la tipología de Monumento y forma parte del perímetro declarado Patrimonio Cultural de la Humanidad de la Alhambra, Generalife y Albayzín por la UNESCO.


Asociación Oppidum Eléberis. Protección y difusión del Patrimonio Histórico, Cultural y Natural de Granada y su provincia. 
Coordinqdor Narciso Ruiz

PRENSA: 
IDEAL: http://www.ideal.es/granada/exigen-clausura-aparcamiento-20170628143149-nt.html

EL INDEPENDIENTE DE GRANADA: http://www.elindependientedegranada.es/cultura/oppidum-eleberis-reclama-suspension-inmediata-aparcamiento-junto-muralla-alberzana

GRANADA HOY: http://www.granadahoy.com/granada/Colectivos-muralla-alberzana-convertida-parking_0_1149485449.html 

20 MINUTOS: http://www.20minutos.es/noticia/3077623/0/piden-junta-que-solicite-al-ayuntamiento-clausura-inmediata-aparcamiento-alberzana/


Los coches han destrozado la alambrada y se pegan hasta la misma muralla
Impresionante imagen del aparcamiento hasta el Ave María
Como se puede aspirar a ser Capital Europea de la Cultura con esta imagen
Coche quemado y el daño se pùede ver en la muralla
Cagadas de ciudadanos en el aparcamiento
El abandono y el deterioro atraen a los gamberros
A la derecha había una alambrada que protegía un albercón excavado
La valla ha desaparecido y se ha ampliado la zona de aparcamiento
Otra zona arqueológico donde las vallas han desaparecido

Aparcamiento libre, dice en Geogle. El ayuntamiento no ha tenido el valor de cobrar y lo ha dejado a los conocidos gorrillas



viernes, 16 de junio de 2017

FACULTAD DE DERECHO, APARATOS DE AIRE ACONDICIONADOS EN FACHADAS



NOTA DE PRENSA

 A  LOS  MEDIOS DE COMUNICACIÓN



OPPIDUM ELEBERIS SOLICITA LA RETIRADA DE LAS DECENAS DE 

APARATOS DE AIRE EN LAS FACHADAS DE LA FACULTAD DE DERECHO

16 de mayo de 2017


El antiguo colegio jesuita de San Pablo, hasta 1980 sede de la Universidad de Granada y hoy Facultad de Derecho, es un edificio del siglo XVI, que figura inscrito en el Catálogo General de Patrimonio Histórico andaluz y español, como bien de Catalogación General y por lo tanto sujeta a lo dispuesto en el artículo 19 sobre Impacto Visual y Perceptivo de la Ley 14/2007, de Patrimonio Histórico Andaluz, que considera contaminación visual todo uso que distorsione o degrade los valores de un bien inmueble o su entorno.

Actualmente se están ejecutando un proyecto de obras de Rehabilitación Integral de las cubiertas del Edificio San Pablo (Facultad de Derecho). 

Por tal motivo, presentando un escrito el pasado 26 de enero al Rectorado, preguntando si el mencionado proyecto recoge la retirada y eliminación de los aparatos de aire acondicionado de sus fachadas y recolocación en un espacio donde no sean visibles. Escrito que no ha tenido respuesta por parte de los rectores de la  universidad, desconociendo al día de hoy si el mencionado proyecto incluye esta medida correctora.

La Asociación patrimonial, ante esta situación ha puesto en conocimiento, en sendos escritos presentados hoy, 16 de mayo de 2017, ante la Delegación Territorial de la Consejería de Cultura y Ayuntamiento de Granada, la existencia en el edificio catalogado de varias decenas de aparatos acondicionados y sus cableados en las fachadas que dan a las antiguas calle Riaño y  Cobertizo de la Botica, integradas hoy en la facultad, en la del Jardín Botánico y en la calle Duquesa.

En estos escritos la Asociación solicita a las administraciones competentes el cumplimiento por parte de la Universidad de Granada de lo dispuesto en el artículo 19, sobre Contaminación Visual y Perceptiva  y de su Disposición Adicional Tercera, que dice que a contar desde la entrada en vigor en enero de 2008 de la Ley 14/2007, las personas o entidades titulares de instalaciones o elementos a que se refiere el artículo 19, estarán obligadas a retirarlos en el plazo de tres años; plazo que terminaba en el año 2011 y estamos a 2017.



Asociación Oppidum Eleberis.
Protección y difusión del Legado Histórico Granada
Narciso R. Crespo